AHORA SÍ

Por Teodoro Rentería Arróyave
Jueves 1 de marzo de 2007



A don Federico Barrera Fuentes, grande entre los grandes del periodismo, en su tercer aniversario luctuoso que nos reunió en la Sala de Prensa de la Cámara de Diputados, que lleva su nombre.



De la mayor importancia, fundamentalmente para el presente y el futuro del país en cuanto al respeto a los derechos humanos, la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación de considerar inconstitucional el articulado de la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas que faculta al Ejército, a la Marina y a la Fuerza Aérea a dar de baja "por inutilidad" a efectivos que contraigan el virus del sida.

Ahora sí, podemos decir a la par con el reconocimiento de la sociedad, que el máximo tribunal cumplió con su obligación única y fundamental de aplicar el cumplimiento estricto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el cual basado en nuestra mencionada Carta Magna, ordenó la reinstalación con todos sus derechos de los cuatro militares despedidos por esa causal de enfermedad y reintegrar a los familiares de otro fallecido todos sus derechos.

La página Web de nuestra Revista Libertas, que se actualiza a diario, al igual que prácticamente todos los medios en la República, destacaron como primera noticia la resolución de la Corte por la cual rechazó la expulsión de soldados que indebidamente fueron declarados inútiles por las instituciones castrenses, tras detectarse que tenían el virus VIH, sida.

Sin embargo es de lamentarse que la decisión no fue por unanimidad. El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió la inconstitucionalidad del artículo 226, numeral 45 de la Ley del Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFAM) que establece la inutilidad, por actos fuera del servicio y por ende la baja de las fuerzas armadas de los militares infectados, por ocho votos a favor contra tres; lo verdaderamente alarmante es que el ministro ex presidente del tribunal, Mariano Azuela Güitrón y otros dos que juntos representan lo más caduco y retrogrado de la teoría legal, demostraron una vez más que nada les importa el respeto a los derechos humanos, sobre todo cuando las víctimas pertenecen a los estratos sociales más humildes.

Nos referimos, como ya lo mencionamos, a Mariano Azuela Güitrón, y a los ministros Genaro Góngora Pimentel y Sergio Salvador Aguirre Anguiano, quienes votaron por la constitucionalidad de la norma y plantearon en el caso del soldado fallecido que se ''sobreseyera'', es decir, simplemente fuera desechado porque el demandante ya había muerto

Afortunadamente, la intervención de la ministro Margarita Beatriz Luna Ramos, evitó que eso sucediera al recordar a sus pares que el quejoso había obtenido en vida una suspensión a su favor, a efecto de no ser dado de baja, ni se le privara de la atención médica hasta en tanto la Corte no resolviera su asunto. Pero, además, resulta que en el acta de defunción que entregó la Dirección de Justicia Militar, con lo que solicitaba también el sobreseimiento del caso, el soldado aparecía en situación ''de retiro''.

Nuestros respetos a los ministros Guillermo Ortiz Mayagoitia, presidente, José de Jesús Gudiño Pelayo, Juan Silva Meza, José Ramón Cossío, Margarita Beatriz Luna Ramos, Fernando Franco, Sergio Valls y Olga Sánchez Cordero quienes acordes con el sentido amplio y profundo de la justicia y el respeto de los derechos humanos, votaron por la inconstitucionalidad de la aberrante ley castrense. Ahora sí, la Corte le cumplió a cabalidad al pueblo de México.

Periodista y escritor. En teodoro@libertas.com.mx y felapvicemex@hotmail.com agradeceré sus comentarios y críticas. En vivo, de lunes a viernes a las 17:00, en las frecuencias en toda la República de Grupo Radio Fórmula. En la ciudad de México, en el 14 70 de A. M. de su radio. Le invitamos a visitar: www.felap.info, www.ciap-felap.org, www.fapermex.com y www.clubprimeraplana.com.mx