CUMPLIÓ LA CORTE

Por Teodoro Rentería Arróyave
20 de mayo de 2010


TULA, HDALGO. Dejemos por el momento el silencio ominoso al que obligan las autoridades, con las complicidades de los poderes facticos de la comunicación, el caso de la desaparición de ex legislador de la Partido Acción Nacional, Diego Fernández de Cevallos, para dar paso a una decisión de avanzada: la aprobación de la Píldora del Día Siguiente.

Desde luego no se trata de obedecer órdenes que no estamos dispuestos a cumplir, sobre todo cuando existen en todo ese asunto del Rancho La Cabaña, cuando menos la tendencia a tratarlo como un secuestro común y de ahí que no salga del ámbito del fuero común, es decir de la instancia de la Procuraduría General de Justicia del Estado de Querétaro, cuando las órdenes salen de la Procuraduría General de la República, sin que hasta el momento que se sepa haya ejercido su poder de atracción del escandaloso asunto.

De ahí que se de pie a toda clase de especulaciones, como las que los cibernautas nos han enviado como consecuencias de estas entregas que han tratado el caso de El Jefe Diego, como es la que el PAN y el Gobierno federal, ante las casi seguras derrotas electoreras se han visto en la necesidad de crear una víctima propiciatoria que los beneficia en los comicios de julio próximo.

Por lo pronto al tema: No obstante la férrea pero al mismo tiempo absurda defensa del ministro Salvador Aguirre Anguiano de los argumentos que esgrimió el gobernador confesional dadivoso de la Iglesia con los dineros del pueblo de Jalisco, Emilio González Márquez en la controversia constitucional que presentó para tirar la norma que obliga al suministro de la Píldora del Día Siguiente, sobre todo en caso de violación, el pleno de la Suprema Corte de la Nación cumplió con la sociedad al considerar la norma oficial respectiva constitucional.

En efecto, los ministros del más alto tribunal de la nación consideraron obligatorio proveer la “píldora del día siguiente” a víctimas de violación y en esa forma tiraron el argumento de equiparar el caso con el aborto al señalar que se trata de una norma de salud y no penal

Bien por los ministros Juan N. Meza, Olga María Sánchez Cordero, Sergio Armando Valls, Luis María Aguilar y José de Jesús Gudiño, quienes durante la sesión de la SCJN analizaron a profundidad la constitucionalidad de la aplicación de la “píldora del día siguiente” en hospitales públicos.

En esas condiciones, todos los hospitales públicos del país están obligados a proporcionar la “píldora del día siguiente” a las mujeres que sufran un ataque sexual al validar la norma oficial mexicana que reglamenta dicha disposición (NOM-190-SSA1-1999). Cumplió la Corte

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